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AL CUIDADO DE LOS MENORES Y PERSONAS VULNERABLES

Cuidar y velar por los menores y personas vulnerables debe ser una realidad estable en nuestra Iglesia, sin embargo, en los últimos tiempos ha tenido una relevancia particular debido a la crisis que experimenta actualmente la Iglesia Universal por denuncias de delitos abominables que claman al cielo.

Como Iglesia peregrina en Monterrey recibimos la Instrucción diocesana sobre la Tutela de Menores y Personas Vulnerables publicada por Mons. Rogelio Cabrera López, Arzobispo de Monterrey, y también la creación desde hace ya unos años de la Comisión Diocesana para la Tutela de Menores y Adultos Vulnerables, que está conformada por expertos en ciencias humanas, jurídicas y teológicas-pastorales.

Esta comisión busca responder a la necesidad de transparentar la manera en la que se enfrentan los delitos contra menores y establecer normas claras para que los pequeños estén verdaderamente protegidos cuando se encuentran confiados a la Iglesia por sus familias.

La comisión no solo se ocupa de los abusos sexuales cometidos contra menores, en especial los delitos contra el sexto mandamiento del Decálogo cometidos por clérigos, sino también salvaguarda a los menores en nuestra Iglesia de cualquier “maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que cause o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.

La comisión cuenta con tres áreas de trabajo: educativa, de acompañamiento y legal.

En la Instrucción, que comprende 42 artículos, se especifican lineamientos a seguir para sacerdotes, miembros de vida consagrada, empleados y voluntarios, especificando a detalle las conductas a evitar tanto en la casa parroquial, en la sacristía o en áreas de trabajo de empleados.

También explica los procedimientos necesarios en caso de organización de un retiro, la administración del sacramento de la reconciliación, que debe realizarse en un lugar público y visible, que también garantice la privacidad del sacramento.

Explica las condiciones del acceso a sacristía, la aplicación de normas en los colegios, en el Seminario, casas de formación y otras instituciones similares.

Ante la denuncia de un posible delito contra los menores, la Iglesia escuchará a quien denuncia y atenderá su demanda, brindará apoyo espiritual, humano y legal al menor que se dice afectado y si lo requiere, también a quien es acusado, pues goza de presunción de inocencia.

El artículo 25 dice: “Cuando un clérigo, miembro de la vida consagrada, empleado o voluntario de nuestra Iglesia haya sido encontrado culpable de abuso sexual contra menores o cualquier otro delito o maltrato contra ellos no podrá ejercer bajo ningún concepto oficio o servicio alguno en la Arquidiócesis”.

La Comisión hace énfasis en apoyar la denuncia, pues es obligación de toda la sociedad y de cada uno de nosotros como miembros de ella que nuestros menores y adultos vulnerables estén seguros y puedan desarrollarse de manera integral.

Se invita a hacer la denuncia en el fuero civil y canónico, por varias razones: “Tu denuncia no le hace mal a la Iglesia, la beneficia; tu denuncia no traiciona a nadie, lo auxilia; menores y adultos vulnerables son una prioridad: los amamos y juntos los tutelamos mejor”.

Cuando denuncias a alguien que ha cometido un delito canónico ayudas a la sociedad eclesial a que se restablezca el bien y el orden público y a lahj persona que ha delinquido le proporcionas un auxilio en su camino de conversión.

 

Llama o acude cuanto antes a

Pbro. Pedro Pablo González Sias

Promotor de justicia

Zaragoza 1100 Sur, Centro, Monterrey, N.L., CP 64000

(a un costado de la Catedral)

Tel: 1158 2450

o bien escribe a tuteladelmenor@iglesiademonterrey.com

 

Rocío Díaz

Equipo Editorial de Pastoral Siglo XXI

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Lic. En Comunicación y Desarrollo Organizacional Maestro en Métodos Alternos en Solución de Conflictos.

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