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LAS INDULGENCIAS EN EL AÑO JUBILAR 2025

Coincidiendo con la solemnidad litúrgica de la “maternidad divina de santa María”, cada día primero del primer mes del año, la Iglesia celebra, desde 1968, por disposición del Papa Pablo VI, la Jornada mundial de la paz. Desde entonces, los pontífices suelen publicar un mensaje con este motivo. El 8 de agosto del 2024, el Dicasterio para el servicio del desarrollo humano integral dio a conocer que el “perdón y la paz” sería el tema del mensaje de este nuevo año. En el Comunicado al respecto, se aclara la relación entre esta Jornada y el año jubilar 2025. Efectivamente, con ocasión de este año santo, el Papa quiso subrayar la importancia que tiene la conversión personal para lograr una paz verdadera.

       El perdón y la paz corresponden, de hecho, al sentido bíblico y a la enseñanza de la Iglesia sobre el “año jubilar”. Por ello, el Papa Francisco, al iniciar apenas el Mensaje de la Jornada, en el número 2, explica que «El “jubileo” se remonta a una antigua tradición judía según la cual el sonido de un cuerno de carnero —en hebreo “yobel”— anunciaba, cada cuarenta y nueve años, un año de clemencia y liberación para todo el pueblo. (cf. Lv 25,10)» Se dice que fue san Jerónimo quien, en su versión de la Biblia conocida como la “vulgata”, tradujo el nombre hebreo del “cuerno” que se hacía sonar (“Yobel”) con el término latino de “iubilaeum” porque esta palabra hacía referencia a los gritos o sonidos con los que los pastores buscaba a sus ovejas.

       En la Iglesia católica, el “año jubilar” se remonta al año 1300 que fue declarado como “año santo” por el papa Bonifacio VIII, al conceder, de manera especial, la gracia de la “indulgencia plenaria.” A partir de aquella fecha, el año jubilar tuvo lugar, de modo ordinario, primero, cada cincuenta años, y luego, cada veinticinco años. Por eso, el año jubilar de este 2025 tuvo como precedente el que se celebró en el 2000, con ocasión del tercer milenio de la encarnación. Entre ambas fechas, se coloca el año jubilar del 2015 que, sin embargo, fue decretado de modo extraordinario, por el papa Francisco para proclamar la fe en la “misericordia divina.”

       Este año jubilar, que concluirá el 6 de enero de 2026, fue convocado por el papa con la Bula “Spes non confundit” (La esperanza no confunde), publicada el 9 de mayo de 2024. En el número 6 de este documento, el Papa establece las fechas para la apertura de las puertas de las distintas Basílicas y la conclusión del jubileo. La apertura de la “puerta santa” de las basílicas, catedrales o templos es un rito particular, asociado al comienzo del jubileo. Por estas puertas ingresan los peregrinos que acuden a estos lugares con el propósito de recibir la indulgencia.

       El 24 de diciembre, en la víspera de navidad, y luego, el 29 de diciembre del ya pasado 2024, el papa abrió la puerta de la basílica de san Pedro y la de san Juan de Letrán, respectivamente. El mismo domingo 29, fiesta litúrgica de la sagrada Familia, todos los obispos del mundo, hicieron este rito de inauguración, en sus propias iglesias catedrales. Ahora, en este año, el primero de enero, Francisco abrió la puerta de la basílica de santa María Mayor y, cuatro días más tarde, en la vigilia de la epifanía, abrió la puerta de la basílica de san Pablo extramuros.

       Pero además de establecer las fechas para la apertura de las puertas, en el n. 6 de la misma bula, el papa pide a los obispos «anunciar al pueblo la indulgencia jubilar, que podrá obtenerse según las prescripciones contenidas en el mismo Ritual para la celebración del Jubileo.» Estas prescripciones se remiten a la Constitución apostólica «Indulgentiarum doctrina» (doctrina de las indulgencias) que publicó el papa san Pablo VI, también un primero de enero, pero de 1967. En esta constitución, el pontífice reconoce que las indulgencias fueron, a veces, objeto de graves abusos y tales excesos dieron lugar a su descrédito. Sin embargo, sostiene que, pese a ello, la práctica y la doctrina de las indulgencias están sólidamente fundamentadas en la divina revelación cuya comprensión «progresa en la Iglesia con la asistencia del Espíritu santo.» (Indulgentiarum doctrina n.1)

       A dicho progreso ha contribuido este documento papal en cuanto se ha propuesto que los fieles tengan un mayor aprecio del recurso a las indulgencias, a partir de un mejor entendimiento de las mismas. Recuperar la credibilidad de la práctica de las indulgencias supone precisamente comprender mejor su sentido, desde una teología, inspirada en las enseñanzas del concilio Vaticano II. Un mayor aprecio de las indulgencias implica pues, recuperar especialmente la eclesiología de comunión del concilio, así como recordar la doctrina sobre el purgatorio. No se trata simplemente de satisfacer una curiosidad intelectual, sino de lograr una comprensión sin la cual es imposible tener una auténtica experiencia humana de lo vivido o realizado. Sin duda, comprender mejor el significado teológico de las indulgencias servirá al propósito de experimentar, con una fe más genuina, en este año jubilar 2025, «cuán ilimitada es la misericordia de Dios.» (Spes non confundit n. 23)

Rector de la Universidad Pontificia de México

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