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TRENTO: ¿SÍNODO O CONCILIO?

A partir de 1939 comenzó a hacerse habitual que el romano Pontífice, en turno, sostuviera, semanalmente, una “audiencia general” para dirigir alguna catequesis, así como lo había hecho Pío XII, desde aquel año. Esta tradición cobró tal fuerza, durante el pontificado de Pablo VI que fue él quien, en 1971, comisionó al arquitecto Pier Luigi Nervi, la construcción del aula que ahora es comúnmente conocida como “Pablo VI”. Es en este recinto donde, cada miércoles, suelen celebrarse las tradicionales “audiencias” con la libre concurrencia de fieles y peregrinos, tanto de Roma, como de otras partes del mundo.

Un 24 de septiembre, pero de 1984, era miércoles y, en aquella ocasión, el Papa Juan Pablo II dedicó su catequesis al primer pecado de la historia humana, conocido como “pecado original.” El santo Padre se refirió a esta enseñanza como una “verdad” que ha sido constantemente propuesta por el “Magisterio” de la Iglesia:

«Se trata – decía san Juan Pablo II – de una verdad transmitida implícitamente en las enseñanzas de la Iglesia, desde el principio, y convertida en declaración formal del Magisterio en el “Sínodo XV de Cartago”, el año 418 y en el “Sínodo de Orange” del año 529, principalmente contra los errores de Pelagio. Posteriormente, en el período de la Reforma, dicha verdad fue formulada solemnemente “por el Concilio de Trento”en 1546 (cf. DS 1510-1516).» 

Considerando estas palabras de la catequesis papal, conviene recordar que, efectivamente, la enseñanza del pecado original es un “dogma” de la Iglesia. Un “dogma” es todo aquello que el Magisterio de la Iglesia propone a los fieles para ser creído como “verdad” revelada por Dios. La proposición solemne de tales verdades suele hacerse mediante un pronunciamiento “ex cathedra” del romano Pontífice o en los llamados “concilios ecuménicos”.

En el caso del pecado original, se trata de una enseñanza propuesta por los tres “sínodos” de Cartago (411, 416 y 418) y el sínodo de Orange (529). Por eso, la catequesis de Juan Pablo II recuerda que con base en estas precedentes enseñanzas, especialmente la del 418 y la del 529, el “concilio” de Trento declaró solemnemente que el pecado cometido por Adán, no sólo lo privó a él de la santidad y de la justicia en la que había sido originalmente constituido, sino también a toda su descendencia.

El “concilio” de Trento hizo pues, una declaración solemne, apoyado en la Tradición establecida por los “sínodos” precedentes del s. V y VI.  ¿Qué diferencia hay, entonces, entre un “sínodo” y un “concilio”? En realidad, ambas palabras significan igualmente “asamblea” o “reunión”. Sin embargo, “sínodo” es una palabra de origen griego que literalmente quiere decir “caminar juntos”, mientras que “concilio” es un término que procede de la lengua latina y quiere decir, “reunión”.

No obstante el común significado de estos dos vocablos de distinto origen lingüístico, el nombre de “concilio” se ha reservado para la forma más solemne con la que se expresa el Magisterio de la Iglesia y que por tener un alcance normativo “universal”, se le denomina “ecuménico”. Los “concilios ecuménicos” tienen un valor “universal” porque son convocados, presididos y confirmados por el Papa que es la  cabeza visible de todo el cuerpo de la Iglesia. “Trento”,citado por san Juan Pablo II en su catequesis sobre el pecado original, es el concilio ecuménico número 19 del total de los 21 que se cuentan hasta el Vaticano II, concluido en 1965.

En cambio, la palabra “sínodo” se ha reservado para designar al “sínodo diocesano”  y al “sínodo de los Obispos.” El sínodo “diocesano”  es una asamblea que integra, de modo extraordinario, a los distintos agentes y organismos de una diócesis con la finalidad de expresar la unidad de la Iglesia particular, bajo la guía de su obispo, en la acción pastoral. Por otra parte, el “Sínodo de los Obispos” fue instituido por Pablo VI, un 15 de septiembre de 1965, con el propósito de que, de manera permanente, los obispos expresen su comunión con el Papa, ayudándole con sus consejos a mantener la integridad de la fe y las costumbres, así como a estudiar las cuestiones que se refieren a la acción pastoral de la Iglesia en el mundo.

Las asambleas del Sínodo de los Obispos pueden ser de tres tipos: a) asambleas generales ordinarias, b) extraordinarias y c) especiales. Desde su institución, en 1965, las asambleas generales ordinarias se llevan a cabo, regularmente, cada tres años. Hasta ahora, se han celebrado 15 Asambleas generales ordinarias, y la número 16, próxima a realizarse en el mes de octubre, habrá de reflexionar sobre la “sinodalidad”, como una nota característica del ser de la Iglesia.

Rector de la Universidad Pontificia de México

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